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- Tratamiento de pacientes que orgánica o funcionalmente tienen alteradas las funciones visuales (trastornos de la movilidad ocular, inmadurez, fijación deficiente, supresión de un ojo, etc.); en particular, aquellos con lesiones neurológicas, deprivados (es decir, faltos de una estimulación adecuada en el momento evolutivo en que estas funciones se desarrollan), prequirúrgicos, postquirúrgicos, etc. - Supervisión de profesionales en formación. El
profesional que estudia y trabaja sobre la función visual debe
tener la siguiente formación: |
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